Países Bajos: Los tribunales se pronuncian sobre la puesta a disposición al público de varias fotografías sin autorización
- 20 Dic, 2023
Silvia Pascua Vicente.
El Instituto Autor realiza un recopilatorio de las recientes decisiones judiciales adoptadas en los Países Bajos por la puesta a disposición al público de varias fotografías en páginas web sin autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual.
Tribunal de Distrito de Overijssel
El 14 de noviembre de 2023, el Tribunal de Distrito de Overijssel (Rechtbank Overijssel) se pronunció – 10530505 \ CV EXPL 23-2085 – sobre la puesta a disposición al público de una fotografía sin autorización del titular de los derechos de propiedad intelectual. El asunto enfrenta, por un lado, a una empresa de marketing (demandante), y, por otro lado, a una página web de venta de juguetes y ropa (demandado).
De acuerdo con los hechos descritos en la sentencia, el demandante se dedica al marketing y desarrollo de páginas y tiendas web, en el ejercicio de su actividad contrató los servicios de un profesional para que tomara fotografías de juguetes que eran publicadas en la página web de un cliente. En particular, una de las fotografías mostraba a un niño jugando, cuyos derechos de propiedad intelectual habían sido cedidos a la demandante. Posteriormente, el demandado publicó una de las fotografías en su página web. A este respecto, el demandante remitió una carta reclamando la vulneración de sus derechos y ofreciendo una oferta de acuerdo. Por su parte, el demandado retiró la fotografía, pero no aceptó ni realizó el pago.
En primer lugar, el tribunal analiza si la fotografía está protegida por el derecho de autor. Al respecto, señala que el demandante ha acreditado que la fotografía fue tomada basándose en decisiones libres y creativas, dotándola de un carácter propio y original que refleja la personalidad del autor. A continuación, señala que en base a lo dispuesto en el art.7 de la Ley de derecho de autor (Auteurswet) el demandante es el titular de los derechos sobre la fotografía.
En relación a la infracción de los derechos de propiedad intelectual, según lo dispuesto en la sentencia, ha quedado acreditado que el demandante incorporó la fotografía en la página web sin autorización y sin mencionar el autor de la fotografía.
Asimismo, el tribunal señala que no ha quedado acreditado que la fotografía fuera utilizada con fines comerciales, ya que la página web no se encontraba operativa, debiendo aplicarse la tarifa para particulares. Respecto a los daños morales, indica el tribunal que no son objeto de cesión en el marcado de la relación laboral, por lo que el demandante no tiene legitimidad para reclamar el daño.
Finalmente, el tribunal determinó la infracción de los derechos de propiedad intelectual sobre la fotografía y condenó al demandando al pago de 90€ por el uso de la fotografía y 61,05€ por gasto de gestión extrajudiciales.
Tribunal de Distrito de Holanda Septentrional
El 26 de julio de 2023, el Tribunal de Distrito de Holanda Septentrional (Rechtbank Noord-Holland) se pronunció – 10384437 – sobre la reproducción de una fotografía en una obra audiovisual. El asunto enfrenta, por un lado, a Zippé – empresa que desarrolla edredones – (demandado) y, por otro lado, una productora audiovisual (demandante).
Según los hechos expuestos en la sentencia, en el año 2022, Zippé inició una campaña de crowdfunding y para su promoción contrató los servicios del demandante. El acuerdo firmado entre las partes incluía una cláusula en los términos y condiciones que estipulaba “todos los textos, sonidos e imágenes producidos por él (conceptos, guiones, imágenes de video, fotografías, animaciones, ect) están sujetos y protegidos por el derecho de autor. El autor debe autorizar para el uso de material protegido por derecho de autor”.
Posteriormente, el demandante realizó grabaciones cinematográficas y tomó diferentes fotografías para la campaña del demandado. Tras la entrega del trabajo, el demandante envió la correspondiente factura, sin embargo, no fue abonada. Derivado de ello, solicitó la eliminación de la campaña publicada en las redes sociales, alegando la vulneración de sus derechos de autor.
Al respecto, tribunal destaca que, a pesar de existir una reserva de la titularidad de los derechos hasta el pago de la factura, el demandante ha indicado que es una práctica habitual en el sector entregar y permitir el uso de las fotografías incluso antes de recibir el pago. Continúa señalando, que del acuerdo firmado entre las partes se deduce que el uso de las fotografías no se limitaba a la página web del demandado y que se realizaron con fines comerciales, ya que estaban destinadas a la campaña de crowdfunding. Finalmente, el tribunal determina que, si hay un consentimiento del demandante sobre el uso de la fotografía por parte del demandado y, por tanto, no hay vulneración de los derechos de propiedad intelectual.
Fuentes: Rechtbank Overijssel (10530505 \ CV EXPL 23-2085), Rechtbank Noord-Holland (10384437).