Francia: Sentencia de la Corte de Casación sobre los derechos de los artistas musicales en obras audiovisuales

  • 14 Mar, 2018
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Francia

Lorenzo Martínez Ibánez.

El 16 de febrero, la Corte de Casación francesa dictó una importante resolución sobre los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes musicales en la obra audiovisual. En este caso, los artistas musicales habían firmado una “hoja de asistencia” (feuille de présence) con la French Broadcasting Corporation (ORTF), entidad de radiodifusión francesa. Este escrito era un contrato de cesión de derechos en el que se especificaba que las interpretaciones que iban a grabar serían cedidas para formar parte de la banda sonora de la obra audiovisual “Le Bourgeois gentilhomme”, que ORTF produjo y emitió en televisión en 1968. Posteriormente, con la disolución de la ORTF en 1974, el Instituto Nacional Audiovisual (en adelante, INA) adquirió los derechos de aquella de sus sucesores y comercializó en formato de vídeo la obra con la grabación de la interpretación musical sin autorización de los artistas.

Los artistas consideraron que la comercialización de estos DVD requería de una nueva autorización, así SPEDIDAM, la entidad de gestión encargada de la percepción y distribución de los derechos de artistas-intérpretes, demandó a INA por la vulneración de los derechos patrimoniales de los artistas por un monto de 10 000 euros, ya que consideraba que cada forma de explotación debe tener una remuneración separada y los artistas no habían autorizado la explotación en forma de video, así como por el daño colectivo a la profesión por 5 000 euros.

En primera instancia, el Tribunal de Instancia de Créteil declaró que para dirimir este conflicto debía aplicarse el artículo L.212-4 del Código de Propiedad Intelectual francés (en adelante, IPC), que establece que “la firma de un contrato celebrado entre un artista intérprete o ejecutante y un productor para la realización de un trabajo audiovisual significa autorización para fijar, reproducir y comunicar al público la prestación del artista-intérprete.”, desestimando por tanto las pretensiones de los actores.

Según los demandantes, esta estipulación debe ser contrastada con el artículo L.212-3 IPC, que establece que “están sujetos a la autorización por escrito del artista, la fijación de su prestación, su reproducción y su comunicación al público, así como cualquier uso separado del sonido y de la imagen de la prestación cuando esta se hubiera fijado tanto para sonido como para imagen.” Precepto el cual señalaba SPEDIDAM en apelación como aplicable en lugar del L.212-4, requiriéndose entonces autorización de los artistas para estos actos debido a la separación de la explotación respecto a la grabación del sonido con la grabación audiovisual.

El fallo fue recurrido y confirmado por la Corte de Apelación en París, argumentando que la firma de la citada “hoja de asistencia” era suficiente para constituir un contrato de producción audiovisual y hacer aplicable el artículo L.212-4 IPC. Sin embargo, esta decisión fue recurrida ante la Corte de Casación francesa, la cual rechazó las posiciones de los anteriores tribunales en su sentencia 1 ° Civ., 29 de mayo de 2013, núm. recurso 12-16.583, estimando que el acuerdo no podía caracterizarse como un contrato de producción audiovisual, y como consecuencia, consideró que la interpretación era separable de la obra audiovisual.

De acuerdo al derecho procesal francés, la sentencia fue devuelta el 12 de febrero de 2016 a un tribunal de apelación distinto de la inicial, la Corte de Apelación de Lyon, cuya decisión reiteraba las emitidas por el Tribunal de Primera Instancia y Apelación y la aplicabilidad de art. L.212-4. Finalmente, la Corte de Casación, cambiando su propia decisión del año 2013, confirmó las argumentaciones de los tribunales anteriores, considerando que la hoja de asistencia podía constituir un contrato de producción audiovisual de la presente sección, y que por tanto no se necesitaba autorización para la comercialización de los DVD.

Fuente: Arrêt n° 636 rendu le février 2018 N° R1614292 Cour de Cassation.​

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