Sudáfrica: Un tribunal se pronuncia sobre la titularidad de los derechos para la puesta a disposición al público de obras musicales en los servicios digitales de música

  • 29 Ago, 2023
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Michelle Carolina Zapata Vera.

El 26 de julio de 2023, el alto Tribunal de Sudáfrica (High Court in South Africa), se pronunció – sentencia (2022/035571) – sobre la titularidad de los derechos para la puesta a disposición al público de obras musicales en los servicios digitales de música. El asunto enfrenta, por un lado, dos productores de música y artistas (demandantes), y por otro lado, a Youtube, y una empresa de representación (demandado).

Como recogen los hechos del fallo, en el año 2020 se firmaron entre ambas partes varios acuerdos, entre los cuales los demandantes concedían el exclusivo derecho de facilitar la puesta a disposición al público de la música de los demandantes y de administrar los pagos correspondientes. Posteriormente, en el año 2022 los demandantes solicitaron rescindir los contratos por presunta infracción de los derechos de propiedad intelectual.

Derivado de lo anterior, los demandantes de forma independiente, incorporaron las obras musicales en los servicios digitales de música como YouTube, Deezer, Spotify e iTunes. Por su parte, la empresa de representación sostenía que estos actos vulneraban los términos de los contratos, lo que llevó a la solicitud de eliminación de las canciones de dichos servicios digitales de música. Al respecto, YouTube, en particular, notificó a los demandados que su canal sería eliminado si no retiraban las obras musicales.

Como consecuencia de lo anterior, los demandantes presentaron una solicitud de orden judicial provisional ante el alto tribunal para evitar que la empresa de representación y los proveedores de contenido digital eliminen sus canciones. Por su parte, el tribunal emitió un fallo a favor de los demandantes, otorgando la orden judicial provisional y restringiendo a YouTube de interferir en los contratos entre los solicitantes y los servicios digitales de música.

Derivado de lo anterior, como recoge la sentencia, el tribunal determinó que los demandantes tenían una causa de acción válida para proteger sus relaciones contractuales con los proveedores de contenido. Además, el tribunal encontró que los productores cumplían con los requisitos para otorgar la orden judicial provisional, incluida la existencia de un derecho prima facie, el temor de sufrir daño irreparable y la falta de reparación.

Fuentes: The IPKat (Some pitfalls of digital streaming platforms’ takedown notification system: South African High Court comes to the rescue), Court of South Africa (2022/035571).

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