Un grupo de entidades de gestión europeas acuerda unos principios comunes para el licenciamiento de derechos en el entorno digital

  • 13 Ago, 2019
  • Instituto Autor
Entidades de GestiónEntorno digital

Luis Mª Benito Cerezo.

Varias de las entidades de gestión de derechos de autor más importantes de Europa han llegado a un acuerdo por el que se establecen unos estándares comunes para el licenciamiento de obras musicales en el entorno digital. El acuerdo se ha alcanzado en el marco del Technical Online Working Group Europe (TOWGE), un grupo de trabajo paneuropeo que reúne a entidades de gestión y editoriales musicales. 

En TOWGE están representadas algunas de las entidades de gestión más destacadas de Europa, como SGAE, GEMA, SACEM, STIM, SIAE,  AKM/AUME y SUISA; junto con las ventanillas únicas para la gestión de licencias multiterritoriales ICE (formada por PRS, STIM y GEMA) y NMP (compuesta por PRS y NCB); y editoriales musicales como Kobalt o IMPEL.  

TOWGE se constituyó con el propósito de acordar buenas prácticas operacionales, así como aspectos técnicos, en el proceso de concesión de licencias multiterritoriales a servicios de música en línea, con el objetivo de reducir los costes de transacción y administrativos, en beneficio de todas las partes interesadas, titulares de derechos y proveedores de servicios digitales (ISPs).

Tal y como señaló la ‘Song Royalties Guide’, publicada por CMU Insights y Music Managers Forum, el proceso para que un autor pueda hacer efectivos sus derechos por la comunicación de su obra en el entorno digital puede ser muy largo y complicado. Cuando se pone a disposición una obra musical en Internet, la cadena que va del usuario de la obra al titular de derechos suele ser muy compleja, y en cada una de las etapas de esa cadena se acumulan los retrasos y aumentan los costes de gestión.

Una buena forma de agilizar este proceso, acortando plazos y reduciendo costes, consiste en la fijación de unos estándares comunes paneuropeos para el licenciamiento de obras musicales. Esto es precisamente lo que las entidades de gestión y editoriales europeas han hecho a través de TOWGE.

En concreto,  de acuerdo con la nota de prensa publicada por ICE “los licenciantes/administradores sólo reclamarán por derechos autorizados (aquellos registrados por el titular de los derechos o un tercero autorizado a hacer el registro en su nombre). No se reclamarán derechos  por pistas que no estén identificadas (las que no están identificadas y coinciden con las obras existentes en su base de datos). No se reclamarán obras sin titulares específicos y derechos registrados (acciones de control de derechos de autor). No se efectuarán reclamaciones basándose en fuentes de información distintas del titular de los derechos o un tercero por él autorizado. No se efectuarán reclamaciones por la licencia de obras de titularidad disputada, debiéndose primero solucionar la controversia sobre los derechos de autor/autoría. No se harán reclamaciones por obras cuyos derechos de autor hayan caducado (en dominio público)”

Así mismo, como parte de la recomendación de TOWGE, se están adoptando buenas prácticas con el fin de mejorar la eficiencia de los pagos de los derechos de remuneración y garantizar una buena administración. Las recomendaciones de TOWGE inciden especialmente en la transparencia y fiabilidad de la información. Para ello se aconseja actualizar frecuentemente las bases de datos, tanto la propia de cada entidad como la base de IPI en lo que se refiere a los autores que representa. También se aconseja asegurarse de que se divide correctamente las partes correspondientes a derechos a derechos de reproducción mecánica y derechos de comunicación al público. Finalmente, se recomienda facturar únicamente en base a información cotejada, que figure en los registros de los titulares a fecha del último día del periodo de uso relevante. 

Fuentes:  Terms of Reference (TOWGE), ICE, SUISA, Song Royalties Guide.

Volver arriba