Unión Europea: La Comisión publica una propuesta de Reglamento sobre un mercado único para servicios digitales

  • 23 Dic, 2020
  • Instituto Autor
Comisión EuropeaReglamento de Servicios DigitalesUnión Europea

Claudia Bustillo Ortega. 

El 15 de diciembre de 2020, la Comisión Europea (CE) publicó una propuesta de Reglamento sobre un mercado único de servicios digitales (Ley de servicios digitales). Esta norma se encarga de regular las obligaciones y la responsabilidad de los intermediarios en el mercado único abriendo nuevas oportunidades para proporcionar servicios digitales de forma internacional.

Como ya informó el Instituto Autor, en el mes de junio la Comisión Europea emitió una nota de prensa donde informaba del inicio de una consulta pública sobre la necesidad, o no, de modificar el régimen de responsabilidad de los prestadores de servicios de la sociedad de la información. El plazo para realizar aportaciones en el marco de la consulta se extendió hasta el 8 de septiembre de este mismo año.

En cuanto a los objetivos de la Ley de servicios digitales, la Comisión Europea señala que las nuevas normas fomentan la innovación, el crecimiento y la competitividad dentro del mercado único.  Las reglas se encargan de proteger de forma eficaz a los consumidores y sus derechos fundamentales en línea. Además, establecen trasparencia y un marco claro de responsabilidad para los proveedores de servicios en línea.

Las nuevas normas introducidas en la propuesta de reglamento aportan a los ciudadanos mejor protección de los derechos fundamentales y menor exposición a contenido que vulnera el derecho de autor. En cuanto a los proveedores de servicios digitales, estas normas contribuyen a mejorar la seguridad jurídica y su armonización en Europa. Para los usuarios comerciales de servicios digitales estas normas otorgan más opciones y precios más bajos. De la misma forma para la sociedad en general las normas introducidas confieren un mayor control democrático y supervisión de los proveedores de servicios.

Así mismo, en cuanto a los proveedores que quedan cubiertos por la norma, la ley de servicios digitales incluye a determinados servicios de intermediación en línea, es decir, solo se incluirán en la norma aquellos que ofrezcan sus servicios en el mercado único, y estén establecidos en la Unión Europea o fuera de ella. Por su parte las microempresas y las pequeñas empresas tendrán obligaciones proporcionales a su capacidad y tamaño.

En otro orden de ideas, la Comisión señala que la Ley de Servicios Digitales mejora los mecanismos que tienen como objetivo la eliminación de los contenidos ilícitos y la protección efectiva de los derechos fundamentales de los usuarios en línea. También crea una supervisión pública más sólida de los proveedores de servicios en línea. Es decir, incorpora medidas para contrarrestar bienes, servicios o contenido que vulneran los derechos de autor en línea, nuevas obligaciones sobre la trazabilidad de los usuarios comerciales en los mercados en línea, Medidas de transparencia para los proveedores de servicios en línea, entre otras.

Tras la publicación de la propuesta de reglamento sobre un mercado único de servicios digitales por parte de la Comisión, los Estados miembros y el Parlamento Europeo comenzarán el debate según señala el procedimiento legislativo ordinario. Cuando las normas sean adoptadas serán directamente aplicables en toda la Unión Europea.

 

Fuentes: European Commission (The Digital Services Act: ensuring a safe and accountable online environment, The Digital Services Act package); Instituto Autor (UE/EE.UU.: Ambas regiones estudian modificar la responsabilidad de los prestadores de servicios digitales).

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