Concluido el plazo de información pública del Proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión de licencias colectivas ampliadas para el desarrollo de modelos de inteligencia artificial de uso general

  • 13 Dic, 2024
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EspañaInteligencia ArtificialLegislación

Como informábamos el pasado mes de noviembre, el Ministerio de Cultura ha sometido a consulta pública el Proyecto de Real Decreto por el que se regula la concesión de licencias colectivas ampliadas para el desarrollo de modelos de inteligencia artificial de uso general.

Concluido el plazo para la presentación de aportaciones el pasado martes, 10 de diciembre, queda ahora el estudio y valoración de las recibidas.

Este Proyecto de Real Decreto constituye una iniciativa pionera no sólo en Europa, sino en el resto del mundo. Si bien es cierto que las legislaciones de los países escandinavos -Suecia, Noruega y Dinamarca-, que el Proyecto refiere como precedentes, y de Finlandia ya preveían las licencias colectivas de efecto ampliado para la autorización por los titulares de derechos de propiedad intelectual de obras para distintos usos aun antes de la aprobación de la Directiva (UE) 2019/790 sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital, este Proyecto es el primero expresamente concebido para el desarrollo de un mercado de licencias para el desarrollo de modelos de inteligencia artificial.

Como reza la Exposición de motivos del Proyecto de Real Decreto español, con él se pretende la introducción en nuestro ordenamiento jurídico de las licencias colectivas ampliadas, un instrumento previsto en el artículo 12 de la Directiva (UE) 790/2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, cuya inclusión en la normativa interna de los Estados miembros es voluntaria y que el Proyecto considera necesaria e idónea en el actual contexto en relación con el desarrollo de sistemas de inteligencia artificial.

Reconociendo la necesidad de que sean los titulares de derechos quienes autoricen el uso de las obras que, en cantidades masivas, utilizan los sistemas de inteligencia artificial para su entrenamiento (input), este Proyecto normativo impone la obligación de obtener la autorización de dichos titulares y lo hace a través del desarrollo reglamentario del artículo 163 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, que establece la obligación de las entidades de gestión colectiva de negociar y contratar bajo remuneración, con los usuarios que lo soliciten, salvo motivo justificado, la concesión de autorizaciones no exclusivas de los derechos gestionados, actuando ambas partes bajo los principios de buena fe y transparencia, para lo cual intercambiarán toda la información que sea necesaria.

A nadie puede ser ajena la realidad de que las grandes empresas dedicadas al desarrollo de modelos de IA generativa llevan años ya sirviéndose masivamente de obras protegidas por derechos de propiedad intelectual por el solo hecho de estar accesibles en Internet y sin haber recabado la necesaria autorización de sus titulares legítimos. Esta forma ya instalada de proceder constituye una violación de sus derechos y, por tanto, de las legislaciones nacionales y del derecho comunitario europeo.

Los derechos de creación así conculcados son, además, derechos exclusivos, sujetos, por tanto, a la necesaria autorización de sus titulares.

La limitación que el artículo 4 de la Directiva (UE) 2019/790 sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital permite en relación con la minería de textos y datos no autoriza estos usos. Como bien sabemos, toda limitación o excepción a los derechos de propiedad intelectual debe: ser interpretada restrictivamente, no atentar contra la explotación normal de la obra y no perjudicar injustificadamente los intereses legítimos de sus titulares.

Así pues, toda iniciativa normativa que venga a establecer y regular propuestas de solución para que el uso de las obras y prestaciones de las y los creadores para el entrenamiento de modelos de IA tenga lugar en condiciones justas y lícitas merece reconocimiento. Se ha de crear un mercado de licencias que termine con la infracción generalizada de los derechos de propiedad intelectual, que tutele estos derechos y garantice la necesaria seguridad jurídica no solo de las grandes empresas de IA, sino de todas ellas.

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