Canadá modifica las obligaciones de los ISP en relación al sistema de avisos de infracción
- 4 Feb, 2019
Pedro Breuer Moreno.
En diciembre del 2018, el Parlamento de Canadá aprobó la modificación a la Ley de Propiedad Intelectual (Copyright Act, 1985) al introducir modificaciones al régimen de “Notice&Notice”, regulado en el artículo 41.25 y en vigencia desde el 2012.
A través de su implementación, se articula un sistema mediante el cual un titular de derechos de propiedad intelectual puede enviar un aviso de infracción a su proveedor de servicios de Internet (ISP), el cual actúa como intermediario al reenviar el aviso al usuario de Internet cuyos actos pueden constituir una infracción a sus derechos. Con este mecanismo se intenta desincentivar la infracción de derechos de propiedad intelectual en internet (como por ejemplo la descarga ilícita de videos o de música), y lograr un equilibrio entre la justa protección de los derechos de propiedad intelectual y el respeto a los derechos de los usuarios de Internet.
El sistema de “Notice&Notice”, impone una obligación al proveedor de Internet de reenviar el aviso del titular de derechos al presunto infractor, el cual debe cumplir con los requisitos establecidos en la legislación. Entre estas exigencias, se encuentran la de identificar el nombre y el domicilio del titular y toda la información necesaria para entablar una comunicación, identificar claramente la obra objeto de infracción, acreditar la titularidad del derecho o el interés en la protección del mismo, detallar los datos relativos a la localización de la infracción y del infractor (en este caso mediante la dirección IP), determinar el día y hora de la infracción y toda la información relevante para identificarla. Asimismo, se impone la obligación al proveedor de mantener el registro de avisos por infracción por un plazo mínimo de 6 meses, y para el caso de que el titular de derechos inicie acciones legales, por un año. (Arts. 41.25 (2) y 41.26 (1)).
Cabe destacar que el usuario de Internet que reciba la notificación, no debe cumplir ninguna exigencia ni tiene la obligación de actuar al respecto o de contactar al titular de derechos. Es un sistema que tiene como objetivo final desalentar la infracción de los derechos, mediante la puesta en conocimiento al usuario de que lo que está haciendo es ilícito, o que los usuarios tomen conocimiento de que sus conexiones pueden ser utilizadas por terceros para infringir derechos, alentando a que tomen medidas de protección de sus redes.
Lo que sucede en la práctica, es que los titulares de derechos comenzaron a utilizar este sistema en aprovechamiento a la obligación impuesta al ISP, para exigir a los usuarios una compensación económica por la presunta infracción de derechos. En Canadá, la existencia de la infracción y la obligación al pago de una indemnización solo puede ser declarada por juez competente, debiendo recurrir el titular de derechos a la acción judicial. En consecuencia, se comienza a utilizar el sistema “Notice&Notice” como medio para exigir un pago o para sensibilizar a los usuarios, ante el desconocimiento general de la normativa sobre propiedad intelectual.
En respuesta a la problemática, el Parlamento de Canadá introdujo una modificación a la normativa, detallando el contenido que el titular tendrá prohibido incluir en su aviso de infracción. La nueva ley introduce el artículo 41.25 (3) que detalla que el aviso no podrá contener: una oferta para llegar a un acuerdo, una exigencia de pago o compensación para la infracción o ninguna referencia a un modo de llegar a un acuerdo o exigencia de pago (por ejemplo un enlace). En consecuencia, se prohíbe que el afectado pueda buscar reparación extrajudicial utilizando el sistema regulado.
Por otro lado, también se modifica la obligación del proveedor de servicios de Internet, al eximirlo de reenviar el aviso de infracción cuando el titular de derechos no cumpla con las exigencias del artículo 41.25 (2) y el 41.25 (3), en referencia al contenido del aviso.
En España, La ley de Servicios de Sociedad de la Información del 2002, regula el sistema de responsabilidad de los prestadores de servicios de Internet (alojamiento de datos y página de enlaces). En ella, se establece que el prestador no va a ser responsable por la información alojada a petición del usuario, siempre que no tengan conocimiento efectivo de que la actividad o información almacenada es ilícita; y para el caso que llegue a su conocimiento, actúen con diligencia para retirar los datos referidos (arts. 16 y 17).
A continuación, la misma norma se encarga de aclarar que, entre otras causas, existe conocimiento efectivo cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos. En nuestro ordenamiento jurídico, hay dos órganos competentes: la autoridad judicial por un lado, y la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, cuya actuación se regula en la Ley de Propiedad Intelectual (arts. 193 y 195).
Mediante un procedimiento administrativo que tiene como objetivo primordial la celeridad, de oficio o a instancia de parte, la Sección Segunda va a determinar la existencia o inexistencia de infracción de derechos de propiedad intelectual en Internet. Y para el caso en que verifique las infracciones, ordenará las medidas que considere necesarias para detener la actividad ilícita (con la respectiva autorización judicial de corresponder).
En nuestro ordenamiento jurídico, no se obliga a los ISP a tomar parte en las comunicaciones prejudiciales de los usuarios. Se regula un procedimiento sancionatorio alternativo, por el cual velozmente se puede obtener una declaración de existencia de infracción de derechos, lo que suele ser la causa de mayor demora en los procesos judiciales. Se diferencia así del nuevo régimen de “Notice&Notice”, que a raíz de los cambios introducidos, limita la acción del titular de derechos, al no darle otra opción que recurrir a un largo proceso judicial para obtener la solución al conflicto.
Fuente: Poder Judicial de Canadá ; Parlamento de Canadá ; Ley de Servicios de la Sociedad de la Información ; Ley de Propiedad Intelectual
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