España: El Ministerio de Cultura informa de la reforma del IRPF en lo referente a los rendimientos irregulares de los artistas

  • 20 Dic, 2024
  • Silvia Pascua Vicente
Artistas Intérpretes y EjecutantesEspañaEstatuto del artista

Silvia Pascua Vicente.

El 21 de noviembre de 2024, el Ministerio de Cultura informó sobre la aprobación, por parte del Congreso de los Diputados, de la reforma del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) en lo referente a los rendimientos irregulares de los artistas.

El Estatuto del Artista deriva de la aprobación, en el año 2018, del “Informe de la Subcomisión para la elaboración del Estatuto del Artista” que busca mejorar las condiciones laborales de los creadores, resaltando la importancia de la cultura y defendiendo una remuneración justa a favor de los autores y los profesionales del sector cultural.

En este sentido, una de las recomendaciones del informe en materia de fiscalidad corresponde a la regulación de una exención del 30% para rentas irregulares, mediante la modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio para incluir dentro de las “rentas obtenidas de forma notoriamente irregular en el tiempo”, las rentas obtenidas por creadores y los derechos de propiedad intelectual.

En relación con lo dispuesto por el Ministerio de Cultura, el desarrollo de las creaciones requiere un tiempo de elaboración, lo que provoca una irregularidad en la periodicidad de los ingresos de los artistas. Esta fluctuación de rendimientos, integrada en una tarifa progresiva, genera una mayor carga fiscal, especialmente en trabajos por proyectos cuya duración suele exceder el año. Con la reforma del IRPF propuesta se busca regular un mecanismo que corrige este efecto, mediante una minoración de la carga tributaria. En particular, la reforma incorpora una reducción del 30% de los rendimientos del trabajo o de actividades económicas obtenidos por artistas, siempre que dichos rendimientos excedan en un 130% de la media de los rendimientos obtenidos en los tres últimos ejercicios.

El Instituto Autor está realizando un seguimiento de las medidas aprobadas y desarrolladas en el marco del Estatuto del Artista, en relación con el documento titulado Informe de la Subcomisión para la elaboración del Estatuto del Artista. Al respecto, partiendo de la información y método aplicado por el Ministerio de Cultura y Deporte, el documento elaborado por el Instituto Autor (actualizado a diciembre de 2024), refleja de forma sintetizada las recomendaciones propuestas en el marco del Estatuto del Artista, señalando en rojo las medidas que están pendientes, en naranja las que se están negociando y en verde las acordadas.

Fuentes: Ministerio de Cultura (El Estatuto del Artista avanza con la aprobación de la reforma del IRPF que contempla la intermitencia de los trabajadores de la cultura), Instituto Autor (España: El Instituto Autor realiza un resumen de las medidas aprobadas y desarrolladas en el marco del Estatuto del Artista).

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