España: Un tribunal se pronuncia sobre la puesta a disposición al público de contenido deportivo sin autorización
- 14 May, 2024
Silvia Pascua Vicente.
El 30 de enero de 2024, la Audiencia Provincial de Ciudad Real – SAP CR 39/2024 – se pronunció sobre la puesta a disposición al público de contenido deportivo sin autorización. El asunto enfrenta, por un lado, a una empresa de telecomunicaciones (demandante) y, por otro lado, a cuatro particulares (demandados).
De acuerdo con lo descrito en la sentencia, los demandados, a través de una sociedad mercantil, prestaban servicios de telecomunicaciones ofreciendo la comercialización y distribución de la señal de canales extranjeros que retransmitían los partidos de la Liga Española de Fútbol Profesional y las competiciones de la UEFA (Champions League y Europa League). Continúa señalando la sentencia, que ha quedado acreditado que los demandados sabían que la retransmisión de los partidos de fútbol era ilícita, obteniendo un beneficio económico de ello. Además, no contaban con la correspondiente autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual.
Respecto del funcionamiento de los servicios, los demandados ofrecían tanto a particulares, como establecimientos y comunidades de propietarios, a cambio del pago de una cuota, el acceso a canales deportivos. Al respecto, los demandados recibían la señal codificada a través de un receptor legal, posteriormente manipulaban la señal para introducir en un canal prefijado la desviación de la señal del canal de pago, informando a los clientes que a través de un canal habitual recibían la señal del contenido deportivo.
Derivado de lo anterior, el tribunal condenó a los demandados por un delito contra la propiedad intelectual (art.270.2 del Código Penal) en concurso con un delito contra el mercado y los consumidores.
En relación con el acceso a contenido deportivo sin autorización, como informó el Instituto Autor, en enero de 2023, la Comisión Europea destacó que el consumo de contenido ilícito en la Unión Europea a través de proveedores de IPTVs (Internet Providers Television) — en especial, de eventos deportivos retransmitidos en línea — asciende a un 3,6% de la población, lo cual genera unas pérdidas económicas estimadas en casi 1 mil millones de euros, perjudicando así a los titulares de derechos exclusivos de propiedad intelectual.
Fuentes: CENDOJ (SAP CR 39/2024), Instituto Autor (UE: La Comisión Europea inicia una consulta pública para adaptar medidas contra la puesta a disposición al público no autorizada de eventos deportivos en línea).