Grecia: El Comité Contra la Infracción de los Derechos de Autor en Línea ordena el bloqueo de varias páginas web por comunicar al público contenido audiovisual

  • 26 Oct, 2023
  • Leire Gutierrez Vázquez
Comunicación al PúblicoContenido AudiovisualDerecho de AutorGreciaOrden de Bloqueopágina webPropiedad Intelectual

Leire Gutiérrez Vázquez.

El 4 de septiembre de 2023, el Comité Contra la Infracción de los Derechos de Autor en Línea (Committee Against Online Copyright Infringement) de Grecia, a través de la decisión 135/2023, ordenó el bloqueo de 9 páginas web por comunicar al público sin autorización contenido audiovisual. Esta decisión fue emitida tras la denuncia presentada por 4 proveedores de contenido audiovisual con servicios de suscripción de pago, y por 2 productoras audiovisuales.

Con fundamento legal en lo regulado en el apartado 4 del art.66 e) de la Ley N.º 2121/1993 de derechos de autor, derechos conexos y asuntos culturales (Copyright, Related Rights and Cultural Matters Act), la parte denunciante del asunto reclamaba el cierre de 9 páginas web y el bloqueo de acceso a través de Internet a las páginas web objeto de la reclamación. El procedimiento establecido en el art.66 e) de la Ley 2121/1993 establece que, una vez notificado a la parte denunciada el procedimiento incoado para el cierre de las páginas web, esta tiene un plazo de 10 días para responder. En este sentido, la Decisión señala que cumplidos todos los plazos legales, y el plazo máximo de 40 días para pronunciarse, procede a emitir su resolución del caso.

En primer lugar, el Comité analiza si las medidas solicitadas por la parte denunciante son “proporcionadas” y “razonables” para proteger los derechos de propiedad intelectual de la parte denunciante. En este sentido, señala que el “bloqueo dinámico”, esto es, el que realizan los proveedores de servicios de Internet mediante el bloqueo de las IPs de sus usuarios, está dentro del alance la Ley 2121/1993, y por lo tanto las medidas son razonables.

Además, haciendo referencia a los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la Decisión añade que los proveedores de servicios de Internet, a pesar de no ser parte directa de la infracción, son el medio intermedio a través del cual se realiza la infracción contra las obras y contenidos audiovisuales que se comunican al público a través de las páginas web bloqueadas, por lo que el bloqueo dinámico de una página web es una solución flexible, que permite a la parte perjudicada solicitar una orden de cierre, sin coste, siempre y cuando existan pruebas de la infracción.

Finalmente, la Decisión 135/2023 señala que la orden de bloqueo de las páginas web tendrá una duración de 3 años, y que tras la notificación de la resolución de cierre, la parte denunciada tiene un plazo de 48 horas para cesar en la actividad ilícita, que en caso de incumplimiento implicará una multa diaria.  

Comité Contra la Infracción de los Derechos de Autor en Línea

El Comité Contra la Infracción de los Derechos de Autor en Línea es un mecanismo extrajudicial (autoridad administrativa) a la que los titulares de derechos de autor y derechos conexos pueden dirigirse – de conformidad con las condiciones establecidas por la ley – a través de diversos procedimientos, para lograr una temprana y efectiva extinción, y prevenir las infracciones contra de sus derechos de propiedad intelectual en el entorno digital.

Entre sus funciones principales destaca la obligación de notificar a los propietarios y administradores de las páginas web involucradas los procedimientos de infracción, así como a los proveedores de servicios de Internet, sobre las denuncias presentadas.

 

Fuentes: Hellenic Copyright Organisation (Decisión 135/2023, de 4 de septiembre, Law 2121/1993 Copyright, Related Rights and Cultural Matters – Official Journal A 25 1993 – Entry into force: 04.03.1993), IP Kat (Online copyright protection in Greece: recent developments in dynamic website blocking).

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