Reino Unido: La Organización Internacional de Artistas publica sus recomendaciones en materia de inteligencia artificial
- 29 Abr, 2025

Silvia Pascua Vicente.
El 27 de febrero de 2025, la Organización Internacional de Artistas (International Artist Organisation – IAO) – asociación que representa los derechos e intereses de artistas musicales – publicó su respuesta a la consulta planteada por el Gobierno de Reino Unido en relación con la regulación de los derechos de propiedad intelectual y la inteligencia artificial (IA).
Como informó el Instituto Autor, en diciembre de 2024, el Gobierno del Reino Unido (Government of the United Kingdom) inició una consulta pública sobre los derechos de propiedad intelectual y la IA. El objetivo de la consulta era recabar opiniones sobre cómo aplicar la legislación de derechos de propiedad intelectual a los modelos de IA entrenados fuera del Reino Unido y cómo incentivar a las empresas de IA a cumplir con la legislación británica. Así como regular la relación entre propiedad intelectual e IA, desarrollando varias propuestas de regulación.
En consecuencia, la IAO ha hecho públicas sus aportaciones, destacando que la IA representa una grave amenaza para los derechos de los artistas y que las medidas propuestas no ofrecen suficiente protección ni una compensación justa.
En relación con lo anterior, la IAO indica que la regulación de una excepción a la minería de textos y datos que permita a los titulares de derechos hacer reservas de sus derechos es errónea. Además, considera que un sistema de exclusión voluntaria conlleva enormes problemas prácticos para los titulares de derechos y que el enfoque de la Unión Europea (UE) sobre la minería de textos y datos se basa en una legislación que no está diseñada para aplicarse a la IA.
Además, indican que, si el Reino Unido quiere adoptar el enfoque de la Unión Europea, según lo dispuesto en la Directiva 2019/790 sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital, debería, como mínimo, incluir disposiciones adicionales sobre remuneración justa, transparencia, ajuste de contratos, resolución alternativa de litigios y renovación de derechos.
Por otro lado, se muestran favorables a reforzar la protección de los derechos de propiedad intelectual exigiendo la solicitud de una licencia previa para el uso de contenido protegido. Consideran que no debe tolerarse ninguna infracción a los derechos de propiedad intelectual, aunque hayan sido previas.
Entre los aspectos que consideran más importantes, señalan que la creación de una excepción de minería de textos y datos debe llevar consigo un derecho irrenunciable a una remuneración justa, sujeto a una gestión colectiva obligatoria y abonada por las empresas de IA.
Por otro lado, reclaman que es necesario contar con el consentimiento explícito de los autores y artistas para el uso de sus obras e interpretaciones o ejecuciones. Además, reclaman transparencia de forma que las empresas de IA informen sobre las fuentes utilizadas para entrenar sus modelos y cumplir con las leyes de propiedad intelectual.
Fuentes: International Artist Organisation (IAO’s Response to the UK IPO AI Consultation), Instituto Autor (Reino Unido: El Gobierno inicia una consulta pública sobre inteligencia artificial y derechos de propiedad intelectual).