UE: A vueltas con el derecho de los editores prensa de la Directiva (UE) 2019/790

  • 26 Ene, 2021
  • Leire Gutierrez Vázquez
Directiva (UE) 2019/790Editores de PrensaGoogleUnión Europea

Leire Gutiérrez Vázquez. 

El 21 de enero de 2021, el motor de búsqueda Google publicó un comunicado de prensa en el que anunciaba la celebración de un acuerdo con los editores de prensa de Francia. En virtud del acuerdo celebrado, las partes “fijan el marco en el que Google negociará acuerdos de licencia con los miembros de la Alianza de prensa de Información General” (L’Alliance de la Presse d’Information Générale – APIG).

A través de la Ley N.º 2019-775 de 24 de julio (LOI n ° 2019-775 du 24 juillet 2019 tendant à créer un droit voisin au profit des agences de presse et des editores de presse), el legislador francés procedió a la transposición del art.15 de la Directiva (UE) 2019/790, de 17 de abril de 2019 sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital, a través de un modelo de gestión individual, en el que los editores deberán negociar en cada caso la licencia, posicionando a los titulares de los derechos en una posición de desventaja.

El art.15 configura un derecho de remuneración a favor de los editores de prensa cuando sus publicaciones son puestas a disposición del público en agregadores de información como Google News, o en redes sociales como Facebook. La publicación de esta regulación en Francia tuvo como resultado un anunció de Google, en el que afirmó que no iba a pagar a los editores, ni mostrar extractos de artículos, fotografías, infografías, y videos a través de sus servicios Google Search, Google News y Discover, si los editores no le concedían la licencia de forma gratuita, lo que le llevo ante la autoridad de competencia.

Como consecuencia de lo anterior, 8 de octubre de 2020, el Tribunal de Apelación de París (Cour D`Appel de Paris), confirmó la Decisión adoptada por la Autoridad de competencia (Autorité de la concurrence), en la que se obligaba a Google a negociar de forma individual con los editores de prensa el pago del derecho de la remuneración previsto en el art.15 de la Directiva (UE) 2019/790.

Ante la cercanía de la transposición de este derecho (7 de junio de 2021) en España, varios escritores, periodistas y otros autores, a través de asociaciones de escritores y autores de diversa índole, presentaron ante el Ministerio de Cultura y Deporte una manifiesto en “pro-derechos de autor”, en el que recuerdan que el art.15 de la Directiva (UE) 2019/790 reconoce a los periodistas, escritores y titulares de derechos sobre obras y otras prestaciones incorporadas a las publicaciones de prensa, una parte adecuada de los ingresos percibidos por el editor en concepto de este derecho. Este manifiesto es una respuesta de los principales medios de comunicación de nuestro país ante el temor de que Españato me de ejemplo el modelo francés de gestión individual para este derecho, que desprotege a los titulares de los derechos, y deja todo el poder de negociación en manos de las empresas tecnológicas.

A tal efecto, los firmantes del manifiesto reclaman que este derecho sea irrenunciable y de gestión colectiva obligatoria para que sea “transparente” tanto en su recaudación como en su reparto, y destacan que “la gestión colectiva obligatoria ha sido un soporte muy importante” para que los escritores/as hayan tenido un “un soporte de protección social y de apoyo en su labor profesional que se ha hecho aún más evidente, hasta ser imprescindible, en momentos tan duros como los originados por la pandemia”.

Para la correcta efectividad de este derecho conexo que se configura a favor de los editores de prensa, en aras de que otros autores que intervienen en estas publicaciones puedan recibir una remuneración por la explotación de sus obras, es fundamental que los Estados miembros implementen esta regulación estableciendo que sean derechos de gestión colectiva obligatoria y se realice a través de una entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual de forma exclusiva. Las entidades de gestión colectiva representan los intereses de los titulares de derechos de forma indiscriminada, sin importar si gestionan para un editor con más o menos capacidad económica. Es por ello, que se trata del único sistema que establece un equilibrio negociador que permite que los titulares de los derechos reciban una remuneración justa y adecuada por el uso que se hace de sus obras.

Fuentes: El Economista (Google acuerda con los editores de prensa de Francia remunerar sus contenidos), Instituto Autor (Francia: La Autoridad de competencia obliga a Google a negociar con los editores de prensa el derecho de remuneración previsto en el art.15 de la Directiva (UE) 2019/790,Francia: Un tribunal de apelación confirma la Decisión de la Autoridad de Competencia para que Google negocie con los editores de prensa,Europa: Google anuncia que celebrará acuerdos con los editores de prensa por la puesta a disposición al público de sus contenidos), Adepi (Los escritores presentan al Ministerio de Cultura un manifiesto en defensa de los derechos de autor en el mercado digital europeo).​

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