Warner celebra un contrato de edición musical con una aplicación que desarrolla música por inteligencia artificial

  • 19 Abr, 2019
  • Instituto Autor
Acuerdo Extrajudicial

Pedro Breuer Moreno.

Warner Music ha llegado a un acuerdo de edición con Endel, una aplicación que utilizando inteligencia artificial desarrolla música personalizada. Mediante un contrato de edición musical, Endel se compromete a entregar a lo largo del 2019 veinte álbumes a Warner, los cuales incluirán pistas musicales de relajación, de concentración, para dormir y para ambiente activo.

Endel es una plataforma de streaming musical desarrollada en Berlin. A través de algoritmos e inteligencia artificial, el software crea música para ambiente basándose en el perfil personal del usuario. En este sentido, va a desarrollar música teniendo en cuenta el clima, el momento del día, la ubicación del usuario y en base a detalles biométricos, como el ritmo cardiaco.  Se le podrá pedir música en función de la tarea en la que el usuario esté inmerso, para favorecer la concentración o la relajación.

Para desarrollar las canciones, la aplicación utiliza ciertos sonidos y notas musicales que fueron previamente ingresadas a su sistema, para luego combinarlas y obtener el resultado personalizado. Asimismo, evitando que se generase un debate sobra la autoría de las grabaciones musicales, el problema se resolvió con practicidad en el acuerdo, al registrar en la oficina de Propiedad Intelectual de Estados Unidos como autores de las obras musicales a los fundadores de la empresa y los ingenieros del software.

En España, la ley de Propiedad Intelectual (LPI) reconoce expresamente que las composiciones musicales, con o sin letra, pueden ser obras originales sujetas a derechos de autor (art. 10). Asimismo, es autor de una obra la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica (art.5.1.). En consecuencia, solo la persona natural puede ser considerada autor, por lo que la ley descarta expresamente que un robot, o un programa de ordenador pueda ostentar autoría sobre cualquier tipo de obra.

Con respecto a la autoría por parte del ingeniero de software o el fundador de la empresa, al día de la fecha, no existe jurisprudencia ni un consenso en la doctrina sobre la atribución de la autoría de las “creaciones” desarrolladas por los programas de ordenador. En el presente caso, el software utiliza los sonidos, mezclas y pistas creadas por el co-fundador de la empresa, por lo que atribuirle a éste último la autoría de las obras podría ser una solución adecuada.

Fuente: Comunicado Endel.

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