UE: Se publica el tercer borrador del proyecto de Código de Buenas Prácticas en materia de inteligencia artificial de finalidad general

  • 14 Mar, 2025
  • Silvia Pascua Vicente
Legislación

Silvia Pascua Vicente.

El 11 de marzo de 2025, la Oficina Europea de Inteligencia Artificial (European IA Office) publicó el tercer borrador del proyecto de Código de Buenas Prácticas en materia de inteligencia artificial de finalidad general. Este tercer borrador mejora el contenido de la edición anterior; asimismo, aporta aclaraciones y añade detalles esenciales y simplificados.

El Reglamento 2024/1689 por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Reglamento de Inteligencia Artificial), como informó el Instituto Autor, entró en vigor el 1 de agosto de 2024 y tiene como propósito fomentar el desarrollo y la implantación responsable de la inteligencia artificial (IA) en la Unión Europea (UE). El reglamento aborda los posibles riesgos para la salud, la seguridad y los derechos fundamentales de los ciudadanos, a la vez que ofrece seguridad jurídica a las empresas de los 27 Estados miembros.

Por su parte, el art.53.1 establece que los proveedores de modelos de IA deben documentar la información técnica sobre sus modelos y ponerla a disposición de los proveedores intermedios. Asimismo, deben establecer una política de cumplimiento del Derecho de la Unión en materia de propiedad intelectual, así como elaborar y publicar un resumen suficientemente detallado del contenido utilizado para el entrenamiento del modelo.

En cumplimiento de lo anterior se procedió a la creación del Código de Buenas Prácticas que comenzó el 30 de septiembre de 2023 y está siendo elaborado por el Grupo de Trabajo formado por unas 1.000 partes interesadas, incluidos representantes de los Estados miembros de la UE y observadores europeos e internacionales. Además, también han participado los proveedores de modelos de IA de propósito general, quienes son los principales destinatarios de este documento.

La redacción del tercer borrador se ha guiado principalmente por las disposiciones del Reglamento de Inteligencia Artificial. Cabe señalar que una de las principales reclamaciones de la industria cultural y creativa respecto del segundo borrador se centraba en que no se cumplían con los objetivos del Reglamento de Inteligencia Artificial.

En relación con el contenido del Código, las dos primeras secciones detallan las obligaciones de transparencia y de propiedad intelectual para todos los proveedores de modelos de IA de uso general. En materia de transparencia, el tercer borrador ha incluido un modelo de formulario de documentación fácil de usar que permite a los firmantes documentar fácilmente la información necesaria.

Respecto a la propiedad intelectual, mantiene los elementos fundamentales de los dos primeros borradores; sin embargo, materializa la información de forma más simplificada y clara. Además, establece un compromiso para designar un punto de contacto y permitir la presentación de quejas relativas al incumplimiento por parte de los signatarios de sus compromisos. Entre las medidas que se incluyen en esta materia se establece que los proveedores de IA se comprometen a no eludir las medidas tecnológicas eficaces y a realizar esfuerzos razonables para excluir de su rastreo web los dominios de internet que ponen a disposición del público contenido que infringe los derechos de propiedad intelectual.

Además, también incluye medidas para el cumplimiento de las reservas de derechos reguladas en el art.4.3 de la Directiva (UE) 2019/790 sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital.

La tercera sección del Código está dirigida a los proveedores de los modelos de IA de uso general más avanzados e incluye medidas para la evaluación y mitigación del riesgo sistémico, incluidas las evaluaciones de modelos, la notificación de incidentes y las obligaciones de ciberseguridad.

Los participantes de los Grupos de Trabajo y los observadores de la Sesión Plenaria del Código de Prácticas pueden enviar sus comentarios por escrito sobre este borrador antes del domingo 30 de marzo de 2025.

Fuentes: Comisión Europea (Publicación del tercer borrador del Código de buenas prácticas de IA de finalidad general, redactado por expertos independientes), Instituto Autor (UE: La Comisión Europa publica el proyecto de Código de Buenas Prácticas en materia de inteligencia artificial de finalidad general; UE: Una coalición de representantes de las industrias culturales y creativas analiza el borrador del Código de Buenas Prácticas sobre la inteligencia artificial de propósito general).

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