Reino Unido: El Gobierno inicia una consulta para abordar la ampliación de los derechos de los extranjeros sobre las grabaciones e interpretaciones

  • 6 Mar, 2024
  • Silvia Pascua Vicente
Artistas Intérpretes y EjecutantesGrabacionesReino Unido

Silvia Pascua Vicente.

El 15 de enero de 2024, el Gobierno de Reino Unido (Government of UK), a través de la Oficina de Propiedad Intelectual (Intellectual Property Office) inició una consulta pública para abordar la ampliación de los derechos de los extranjeros sobre las grabaciones e interpretaciones en el Reino Unido.

De acuerdo con lo dispuesto en la consulta, la actual regulación establece que las grabaciones e interpretaciones están protegidas por la Ley de 1988 sobre Derechos de Autor, Diseños y Patentes (Copyright, Designs and Patents Act 1988). En este sentido, los productores de fonogramas tienen un derecho exclusivo para autorizar la reproducción y puesta a disposición al público de las grabaciones. Por su parte, los artistas intérpretes o ejecutantes que participan en las grabaciones cuentan con una protección similar.

Sin embargo, en relación con lo expuesto en la consulta, en los supuestos de radiodifusión y representación pública, los artistas tienen derecho a una remuneración equitativa por ese uso, en lugar de un derecho exclusivo. Esto significa que los artistas no pueden controlar la comunicación al público de sus actuaciones, sin embargo, podrán ser remunerados por ello a través de las entidades de gestión, siendo las encargadas de autorizar y emitir las licencias para su explotación.

De acuerdo con la legislación de Reino Unido, una grabación está protegida, siempre y cuando el productor de fonogramas sea nacional, residente en un país calificado – entendido como aquellos que forman parte de un acuerdo internacional relevante sobre derechos de autor, como la Convención de Roma o el Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas – y la canción sea publique por primera vez en un país calificado, refiriéndose a cualquier publicación dentro de los 30 días posteriores a la publicación original. Por lo que, la mayoría de los productores de música pueden otorgar licencias y obtener una remuneración por el uso de música en el Reino Unido.

Por su parte, un artista intérprete o ejecutante extranjero podrá obtener una remuneración por la retransmisión y comunicación al público de su interpretación si es nacional de un país calificado o su interpretación se realiza en este. Además, deberá cumplir con el principio de reciprocidad, es decir, la remuneración estará condicionada a que en el país de origen se proporcione un derecho de remuneración a favor de los nacionales del Reino Unido.

Derivado de lo anterior, la consulta pública tiene como objeto armonizar la regulación entre todas las grabaciones e interpretaciones extranjeras, desarrollando cuatro propuestas de regulación. La primera de ellas (Opción 0) propone continuar con la actual regulación, manteniendo la diferencia entre los productores de fonogramas y los artistas interpretes o ejecutantes.

En segundo lugar (Opción 1), se propone establecer el mismo régimen para ambos, aplicando la regulación de los productores de fonogramas a los artistas intérpretes o ejecutantes. En tercer lugar (Opción 2), plantean aplicar el principio de reciprocidad a los productores de fonogramas.

Por último, la cuarta propuesta (Opción 3) establece un mismo régimen para los artistas y productores respecto de las grabaciones preexistentes e incluir el principio de reciprocidad en ambos supuestos para las nuevas grabaciones e interpretaciones.

Finalmente, la consulta incluye una evaluación del impacto de aplicar cada una de las medidas y una serie de cuestiones que deberán responder los participantes. Así mismo, cabe destaca que el Gobierno considera que la Opción 2 es la menos favorable, al llevar aparejado varios riesgos para la industria musical del Reino Unido.

El plazo de consulta permanecerá abierto hasta el 11 de marzo.

 

Fuentes: Government UK (Extension of rights in sound recordings and performances to foreign nationals).

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